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Nuevo regimen sancionador en materia de tráfico
17 de Junio de 2010
Los efectos de la Ley que sean favorables para el infractor entran en vigor el 25-11-2009, como la supresión de la suspensión temporal del permiso de conducción como sanción por infracciones graves o muy graves. Tampoco se detraerán puntos de los expedientes de sanción en tramitación por infracciones que en la nueva ley no restan puntos.
ENTRADA EN VIGOR: 25-05-2010, salvo excepciones que se indican.
PRINCIPALES NOVEDADES
• Elimina la suspensión temporal del permiso de conducción como sanción por infracciones graves o muy graves.
• Nuevo procedimiento de notificaciones telemáticas a través de la Dirección Electrónica Viaria (DEV), que será obligatoria para las personas jurídicas y voluntaria para las personas físicas, a partir del 25-11-2010. Las notificaciones que no puedan efectuarse en la DEV (1 intento) o en el domicilio indicado (2 intentos en papel (correo postal), se practicarán en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)
• Se crea la figura del conductor habitual.
• Se actualizan las infracciones. Se considera infracción leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes. Se considera infracción grave conducir utilizando manualmente navegadores o no mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede, entre otros cambios.
• Se podrán recuperar hasta 6 puntos con los cursos (antes 4).
• Se establece una cuantía para las sanciones leves (de hasta 100 euros), y una cuantía fija para las sanciones graves (200 euros) y muy graves (500 euros)
• Se unifican las sanciones por exceso de velocidad que serán aplicables por todas las Administraciones, con multas de100 a 600 euros y detracción de 2 a 6 puntos.
• Las infracciones graves y muy graves prescriben a los 6 meses.
• Se reduce de 27 a 20 las infracciones que restan puntos.
• Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas anti-radar resta 6 puntos (antes 2) y la multa es de 6.000 €.
• La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad resta 6 puntos.
• Establece un nuevo procedimiento sancionador abreviado, cuya utilización conlleva una reducción del 50% en el importe de la sanción de multa y la finalización del procedimiento, agotando la vía administrativa. Por lo tanto, únicamente se podrá recurrir ante el Juzgado.
• En el procedimiento sancionador ordinario se podrá presentar recurso de reposición, que no suspenderá la ejecución de la sanción.
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REDUCCION DE COTIZACIONES POR SINIESTRALIDAD.
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